El tribunal niega la solicitud de Ripple y la SEC de reducir las sanciones y disolver la orden de restricción.
El juez Torres dictamina que no existe base legal para alterar el fallo final sobre XRP.
Ripple sigue restringido en las ventas institucionales de XRP en los EE. UU.
En un nuevo desarrollo en la larga demanda de XRP, la jueza del distrito de EE. UU. Analisa Torres ha denegado una moción conjunta presentada por Ripple Labs y la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU.
La moción buscaba disolver una orden de restricción permanente y reducir la multa financiera de $125 millones de Ripple. La jueza Torres dictaminó que la moción no presentó las "circunstancias excepcionales" requeridas para modificar el fallo final del tribunal emitido en agosto de 2024.
El tribunal rechaza la moción para modificar el fallo de XRP
Ripple y la SEC presentaron su moción conjunta bajo la Regla 60(b), que permite a los tribunales reconsiderar sentencias finales solo en casos raros y justificados. La solicitud incluía dos acciones clave: levantar la orden de restricción permanente que limita las ventas de XRP de Ripple a inversores institucionales en los EE. UU. y reducir la penalización financiera de $125 millones a $50 millones. El tribunal rechazó ambas solicitudes y preservó el fallo original.
La juez Torres declaró que los fallos finales deben ser tratados con seriedad y no deben ser alterados a menos que el interés público lo exija. Según su orden, ambas partes no lograron proporcionar fundamentos legales válidos para reabrir o revisar el caso. La decisión reafirmó la necesidad de la finalización procesal en casos que involucran la aplicación regulatoria.
Esta decisión refuerza el hallazgo anterior del tribunal de que Ripple violó las leyes de valores de EE. UU. al ofrecer XRP a inversores institucionales sin el registro adecuado. Esa decisión formó la base para la orden judicial original y la penalización financiera, ambas de las cuales ahora siguen en pleno efecto.
Acuerdo de Liquidación No Suficiente para Alivio
Ripple y la SEC argumentaron que su acuerdo de conciliación conjunto proporcionaba suficientes razones para modificar el fallo anterior. También hicieron referencia a un cambio en la estrategia de cumplimiento de la SEC, incluidos el archivo de varias demandas relacionadas con criptomonedas. Sin embargo, el tribunal señaló que ninguno de los casos citados involucraba juicios finales o sanciones civiles comparables a la situación de Ripple.
La resolución aclaró que los acuerdos de conciliación por sí solos no cumplen con los criterios para modificar las órdenes judiciales. La jueza Torres enfatizó que un fallo final sirve al interés público y no solo al de los litigantes. Explicó que el umbral legal para la regla 60(b) requiere circunstancias extraordinarias, las cuales la moción no presentó.
El tribunal también citó fallos anteriores de la Corte Suprema que establecen que las decisiones judiciales deben permanecer intactas a menos que una razón clara y abrumadora justifique un cambio. Dado que los argumentos de las partes no demostraron tal urgencia, el tribunal rechazó la moción de plano. La moción fue formalmente terminada y eliminada del expediente.
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: La información en este sitio web se proporciona como un comentario general del mercado y no constituye asesoramiento de inversión. Te alentamos a que hagas tu propia investigación antes de invertir.
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En un nuevo desarrollo en la larga demanda de XRP, la jueza del distrito de EE. UU. Analisa Torres ha denegado una moción conjunta presentada por Ripple Labs y la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU.
La moción buscaba disolver una orden de restricción permanente y reducir la multa financiera de $125 millones de Ripple. La jueza Torres dictaminó que la moción no presentó las "circunstancias excepcionales" requeridas para modificar el fallo final del tribunal emitido en agosto de 2024.
El tribunal rechaza la moción para modificar el fallo de XRP
Ripple y la SEC presentaron su moción conjunta bajo la Regla 60(b), que permite a los tribunales reconsiderar sentencias finales solo en casos raros y justificados. La solicitud incluía dos acciones clave: levantar la orden de restricción permanente que limita las ventas de XRP de Ripple a inversores institucionales en los EE. UU. y reducir la penalización financiera de $125 millones a $50 millones. El tribunal rechazó ambas solicitudes y preservó el fallo original.
La juez Torres declaró que los fallos finales deben ser tratados con seriedad y no deben ser alterados a menos que el interés público lo exija. Según su orden, ambas partes no lograron proporcionar fundamentos legales válidos para reabrir o revisar el caso. La decisión reafirmó la necesidad de la finalización procesal en casos que involucran la aplicación regulatoria.
Esta decisión refuerza el hallazgo anterior del tribunal de que Ripple violó las leyes de valores de EE. UU. al ofrecer XRP a inversores institucionales sin el registro adecuado. Esa decisión formó la base para la orden judicial original y la penalización financiera, ambas de las cuales ahora siguen en pleno efecto.
Acuerdo de Liquidación No Suficiente para Alivio
Ripple y la SEC argumentaron que su acuerdo de conciliación conjunto proporcionaba suficientes razones para modificar el fallo anterior. También hicieron referencia a un cambio en la estrategia de cumplimiento de la SEC, incluidos el archivo de varias demandas relacionadas con criptomonedas. Sin embargo, el tribunal señaló que ninguno de los casos citados involucraba juicios finales o sanciones civiles comparables a la situación de Ripple.
La resolución aclaró que los acuerdos de conciliación por sí solos no cumplen con los criterios para modificar las órdenes judiciales. La jueza Torres enfatizó que un fallo final sirve al interés público y no solo al de los litigantes. Explicó que el umbral legal para la regla 60(b) requiere circunstancias extraordinarias, las cuales la moción no presentó.
El tribunal también citó fallos anteriores de la Corte Suprema que establecen que las decisiones judiciales deben permanecer intactas a menos que una razón clara y abrumadora justifique un cambio. Dado que los argumentos de las partes no demostraron tal urgencia, el tribunal rechazó la moción de plano. La moción fue formalmente terminada y eliminada del expediente.
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